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Análisis Técnico: Decreto 0728 de 2025
Promoción de la salud mental y prevención del consumo de SPA en el trabajo
Yennifer Ascanio
8/27/20252 min read
1. Naturaleza y contexto jurídico
Este decreto tiene fuerza reglamentaria, y modifica directamente el Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo).
Establece una obligación legal para empleadores, contratistas, trabajadores y ARL, no es opcional.
Está enmarcado en leyes previas como:
Ley 1616 de 2013 (Ley de salud mental)
Ley 1566 de 2012 (Atención integral a consumidores de SPA)
Ley 1751 de 2015 (Ley estatutaria de salud)
Ley 1562 de 2012 (Sistema de riesgos laborales)
2. Alcance normativo
Aplica a:
Todos los empleadores públicos y privados
Trabajadores dependientes e independientes
Contratistas y contratantes
ARL
Es transversal a todos los sectores económicos, sin importar tamaño ni nivel de riesgo.
3. Acciones clave exigidas por el decreto
A. Prevención del consumo de sustancias psicoactivas
Empleadores y ARL deben implementar:
Programas de sensibilización e intervención
Actividades de detección temprana
Asistencia profesional y seguimiento
Acciones de mejora continua
📌 Obligatorio seguir la Guía Técnica General y los Protocolos de Intervención del Ministerio del Trabajo.
B. Prevención de trastornos mentales y promoción de la salud mental
Basado en la Batería de Riesgo Psicosocial, incluye:
Intervención en factores de riesgo psicosocial (jornada, roles, carga, clima)
Fomento de resiliencia, apoyo social, conciliación vida-trabajo
Prevención secundaria y terciaria (atención en crisis, primeros auxilios psicológicos)
Requiere acciones documentadas, medibles y periódicas
C. Protección al talento humano en salud mental
Empleadores y ARL deben aplicar protocolos especiales para:
Personal de salud y asistencia social expuesto a urgencias, violencias o crisis.
Uso obligatorio del Protocolo de Intervención Sector Salud (documento que ya compartiste).
4. Responsabilidades específicas por actor
Empleadores / Contratantes: Ejecutar las estrategias de promoción, prevención, seguimiento e intervención. Incluir en SG-SST. Reporte anual.
ARL: Asesoría técnica, campañas, programas de intervención, canales de atención psicosocial y reporte anual al Mintrabajo.
Trabajadores / Contratistas: Participar activamente, cuidar su salud, seguir recomendaciones, asistir a actividades del SG-SST.
EPS: Garantizar atención integral por problemas de salud mental y consumo de SPA.
5. Seguimiento y sanciones
Información actualizada anual obligatoria, con desagregación por sexo, edad, ocupación, etc.
ARL debe reportar anualmente a las Direcciones Territoriales del Mintrabajo.
Sanciones aplicables: conforme al Decreto Ley 1295 de 1994, Ley 1562 de 2012 y sus modificaciones.
6. Conexión con el SG-SST
Todo lo exigido debe integrarse obligatoriamente en:
Matriz de peligros (riesgo psicosocial)
Plan anual de trabajo del SG-SST
Sistema de vigilancia epidemiológica
Evidencias de auditorías internas y externas
Conclusión
El Decreto 0728 de 2025 eleva la salud mental y la prevención del consumo de SPA al mismo nivel de exigencia que cualquier otro riesgo laboral. Su cumplimiento es auditable, sancionable y exigible por Mintrabajo y las ARL.
🧾Aquí tienes una checklist de cumplimiento para empleadores basada en el Decreto 0728 de 2025.